José
de San Martín
"Padre de la Patria"
"Caudillo de la independencia latinoamericana"
"Si hay victoria en vencer al enemigo, la
hay mayor cuando el hombre se vence a sí mismo."
José de San Martín
Testamento
del Libertador Gral. Don José de San Martín
(Transcripción textual - "El sable del General
San Martín", Instituto Nacional Sanmartiniano)
París,
23 de enero de 1844
En
el nombre de Dios todo Poderoso a quien conozco como Hacedor
del Universo: Digo yo José de San Martín,
Generalísimo de la República del Perú,
y Fundador de su libertad, Capitán General de la
de Chile, y Brigadier General de la confederación
Argentina, qe. visto el mal estado de mi salud, declaro
por el presente Testamento lo siguiente:
Primero.
Dejo pr. Mi absoluta Heredera de mis bienes, havidos y
por haver a mi única Hija Mercedes de San Martín
actualmente casada con Mariano Balcarce.
2º-
Es mi expresa boluntad el que mi Hija suministre a mi
Hermana María Elena, una Pensión de Mil
- frans. anuales, y a su fallecimiento, se continue pagando
a su hija Petronila, una de 250 hasta su muerte, sin qe.
pa. asegurar este don qe. hago a mi hermana y Sobrina,
sea necesarias otra Hipoteca qe. la confianza qe. me asiste
de qe. mi hija y sus herederos cumplirán religiosamente
ésta mi boluntad.
3º
- El Sable que me a acompañado en toda la Guerra
de la Independencia de la América del Sud, le será
entregado al General de la República Argentina
don Juan Manuel de Rosas, como una prueba de satisfacción,
qe. como Argentino he tenido al ver la firmeza con qe.
ha sostenido el honor de la República contra las
injustas pretensiones de los Extranjeros qe. tratan de
Umillarla.
4º
- Proibo el que se me haga ningún género
de Funeral, y desde el lugar en qe falleciere se me conducirá
directamente, al Cementerio sin ningún acompañamto,
pero si desearía, el que mi Corazón fuese
depositado en el de Buenos Ayres.
5º
-Declaro no deber ni haver jamás debido nada, a
nadie.
6º
-Haun qe. es verdad qe. todos mis Anelos no han tenido
otro objeto qe. el bien de mi Hija amada, debo confesar,
que la honrada conducta de esta, y el constante cariño
y esmero qe. siempre me ha manifestado, han recompensado
con Usura, todos mis esmeros haciendo mi bejez feliz.
Yo la ruego continúe con el mismo cuidado y contracción
la educación de sus Hijas (a las qe. abrazo con
todo mi Corazón) si es qe. a su vez quiere tener
la misma feliz suerte qe. yo he tenido; igual encargo
hago a su Esposo, cuya honrrades, y hombía de bien
no ha desmentido la opinión qe. havía formado
de él, lo qe. me garantiza continuará haciendo
la felicidad de mi Hija y Nietas.
7º
- Todo otro Testamento o Disposición anterior al
Presente queda Nulo y sin ningún balor. Hecho en
París a Veynte y tres de Enero del año de
mil ochocientos quarenta y quatro, y escrito todo el de
mi puño y letra.
José
de San Martín
Artículo
Adicional: Es mi boluntad el qe. el Estandarte que el
Bravo Español Dn. Francisco Pizarro tremoló
en la Conquista de Perú sea debuelto a esta República
(a pesar de ser propiedad mía) siempre que sus
Goviernos hallan realizado las Recompensas y honores con
qe. me honró su primer Congreso.
José
de San Martín